
Aplazamiento de Verifactu hasta 2027: claves para empresas
El Consejo de Ministros ha aprobado un aplazamiento de un año en la entrada en vigor del sistema Verifactu, el nuevo reglamento que regula los requisitos de los programas de facturación utilizados por pymes y autónomos en España.
Este cambio se ha realizado mediante el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, publicado en el BOE de 3 de diciembre de 2025, que modifica el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre (conocido como Reglamento Verifactu).
1. Recordatorio: ¿qué es Verifactu?
Verifactu es el sistema diseñado por la Agencia Tributaria para asegurar que los programas y sistemas de facturación de empresas y profesionales:
- Garanticen la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de las facturas.
- Eviten la manipulación o borrado de registros de facturación.
- Generen registros estándar que, en su caso, puedan remitirse a la AEAT.
En la práctica, esto implica que los software de facturación deberán cumplir unos requisitos técnicos muy concretos (formato de los registros, identificadores únicos, trazabilidad, etc.), lo que obliga a adaptar o actualizar los programas utilizados por pymes, autónomos y proveedores de software.
2. ¿Qué ha cambiado exactamente? Nuevas fechas de aplicación
Antes de esta modificación, el calendario previsto era:
- 1 de enero de 2026: entrada en vigor para entidades contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2026: entrada en vigor para el resto de empresas y autónomos que utilizaran sistemas informáticos de facturación.
Con el Real Decreto-ley 15/2025, estos plazos se amplían un año:
- Empresas obligadas al Impuesto de Sociedades:
👉 Verifactu obligatorio desde el 1 de enero de 2027. - Resto de empresas y autónomos (incluidas muchas empresas de turismo activo y ecoturismo):
👉 Verifactu obligatorio desde el 1 de julio de 2027.
El propio Ministerio de Hacienda ha explicado que el objetivo del aplazamiento es dar más margen para adaptar los sistemas informáticos y garantizar una implantación ordenada y homogénea en todo el tejido empresarial.
3. ¿Qué implica este aplazamiento para las empresas de turismo activo y ecoturismo?
Para las empresas asociadas a ANETAE, el aplazamiento supone, principalmente:
- Más tiempo para adaptarse: un año adicional para revisar el sistema de facturación, hablar con la asesoría y coordinar el cambio con el proveedor de software.
- Menos presión a corto plazo, especialmente en negocios con alta estacionalidad o que ya han afrontado recientemente otros cambios normativos (digitalización, facturación electrónica, etc.).
- Mismo objetivo de fondo: la lucha contra el fraude y la mejora del control tributario se mantiene; lo que cambia es el calendario, no la filosofía de la norma.
Es importante subrayar que el hecho de que se retrase la fecha no significa que Verifactu desaparezca ni que podamos olvidarnos del tema. La obligación sigue prevista, simplemente se traslada a 2027.
4. Recomendaciones desde ANETAE
Desde ANETAE recomendamos a las empresas asociadas:
Consultar con la asesoría fiscal
- Revisar cómo afectará Verifactu a la facturación de la empresa.
- Verificar si el software actual podrá adaptarse o será necesario cambiar de herramienta.
Hablar con el proveedor de software de facturación
- Preguntar si su programa está preparando la adaptación a Verifactu.
- Solicitar un calendario de actualización y posibles costes asociados.
Planificar la transición en temporada baja
- En turismo activo y ecoturismo, la carga de trabajo es muy desigual a lo largo del año.
- Es recomendable aprovechar los meses de menor actividad para hacer pruebas y formación interna.
Mantenerse informados
- Seguir las comunicaciones de ANETAE, de la Agencia Tributaria y del BOE sobre Verifactu y facturación electrónica.
- Estar atentos a posibles guías sectoriales o jornadas formativas específicas.
5. Referencias oficiales y documentación
Para quienes quieran profundizar en el tema, recomendamos consultar:
- Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes para favorecer la actividad inversora de las entidades locales y comunidades autónomas y se modifica el Real Decreto 1007/2023 (Reglamento Verifactu), publicado en el BOE de 3 de diciembre de 2025.
- Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales.
- Notas informativas del Ministerio de Hacienda sobre el aplazamiento de Verifactu.

